17 de diciembre de 2009

DECLARACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN MÉDICA COLEGIAL SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA (LEY DEL ABORTO)


El Congreso ha aprobado hoy las enmiendas a la reforma de la ley del aborto. Con este motivo traigo el comunicado que la Organización Médica Colegial ha publicado respecto a esta ley.

Con motivo del debate parlamentario de la nueva Ley del Aborto, la Organización Médica Colegial, consciente de los deberes que tiene para con los ciudadanos en general y los médicos en particular, expone públicamente sus compromisos éticos en materia sanitaria, que afectan a unos como beneficiarios de los actos médicos y a los otros como agentes necesarios para su realización, por lo que elevan a la opinión pública las siguientes consideraciones:

Primera
De acuerdo con el Código de Ética y Deontología Médica, la profesión médica está al servicio de la vida humana.

Segunda
Los médicos colegiados aceptarán, como no puede ser de otra manera, las leyes emanadas del Parlamento, pero sometiéndolas siempre al valor superior de la libertad de conciencia de cada uno. La Objeción de Conciencia es un Derecho fundamental e irrenunciable. Por ello, la Organización Médica Colegial ve con satisfacción que se reafirme el Derecho Constitucional a la objeción de conciencia para todos aquellos profesionales que deban intervenir como cooperadores necesarios en la práctica de un aborto.

Tercera
Los médicos rechazamos que se utilice el argumento de que la nueva Ley les dotará de una mayor seguridad jurídica a la hora de realizar una interrupción voluntaria del embarazo, ya que no se ajusta a la verdad. Ni los médicos y menos aún el nasciturus, estarán mejor protegidos que con la ley anterior.

Cuarta
Este Proyecto de Ley establece un periodo de 14 semanas durante el cual la mujer será libre para abortar. Este límite es difícil de precisar con el rigor que las leyes exigen a pesar de los medios técnicos actualmente disponibles, por lo que se introduce un aspecto subjetivo, que aconseja establecer algunas cautelas.

Quinta
Por lo anteriormente mencionado consideramos necesario unas mínimas garantías:


1.Establecer un sistema que impida irregularidades en los informes médicos, que avalan que el embarazo supone un peligro para la salud psíquica o física de la embarazada.
2.Debería elaborarse un protocolo de consentimiento informado que ofrezca las debidas garantías de validez y respeto a la opinión y autonomía de la mujer, con información de la naturaleza de la intervención y sus riesgos.
3.Se debería dar un periodo suficiente de reflexión e informar de las ayudas sociales públicas y privadas a las que podrá acogerse en el caso de que decida continuar con la gestación.
4.Deberían restablecerse en los hospitales públicos y en cualquier centro en que se realicen abortos, las Comisiones técnico-éticas que establezcan la legalidad o no de la interrupción voluntaria del embarazo. Una decisión tan importante y de consecuencias irreversibles, cual es un aborto, no puede ser adoptada por un solo facultativo.
5.La interrupción voluntaria del embarazo en menores entre 16 años y la mayoría de edad, no se realizará nunca sin su consentimiento. Vemos con satisfacción que se han tenido en cuenta las sugerencias de la Organización Médica Colegial acerca de la conveniencia e importancia que tiene informar a los padres o tutores, para no privar a la menor de su consejo, apoyo y ayuda.


Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos


Madrid, 11 de diciembre de 2009
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