19 de abril de 2010

¿Cuándo es uno persona?

Para evitar el riesgo de que alguien caiga en este artículo sin otras perspectivas, comenzaré afirmando que la Ciencia no admite dudas al respecto: La vida humana comienza en el momento de la fecundación de un óvulo por un espermatozoide. Con independencia de que dicha fusión se produzca de forma natural dentro del cuerpo de la mujer, o de forma artificial, en la asepsia de una placa de Petri. En este segundo caso, al ataque a la dignidad que supone su origen, se suma el incierto futuro por su menor tasa de implantación, y por tanto, de esperanza de vida. Como resultado de este proceso biológico se origina un cigoto, con una carga genética diferente de la de sus padres, y producto de la recombinación genética de ambas células germinales. Como afirma el profesor Jouve, “el embrión se constituye cuando existe un ente biológico con capacidad genética propia y suficiente para iniciar su desarrollo autónomo…Ese momento, en los seres con reproducción sexual, coincide con el de la fecundación y por lo tanto, el cigoto es ya un embrión de una célula.” El cigoto, es por tanto, la primera manifestación corporal humana, como coinciden en afirmar las tres disciplinas que, en el campo de la Biología, se ocupan de las propiedades y el desarrollo de los seres vivos: La Genética, la Biología Celular y la Embriología.

Pues bien, algunos niegan la consideración de persona para el embrión de menos de 8 semanas, y opinan que, si bien no se puede afirmar que el embrión no sea un ser vivo, ni negar su pertenencia a la especia humana, antes de las 8 semanas de vida no es todavía una persona ya que no tiene los órganos formados, empezando por sus sistema nervioso. Puesto que es este sistema la base para la existencia del cerebro, sin el cual no es posible la inteligencia, es precisamente su no existencia el indicativo para estos tales de que el embrión aún no puede ser caracterizado como persona. El punto estaría, por tanto, con el final de la embriogénesis (alrededor de la 8ª semana), donde el ser humano ya estaría formado y sólo restaría aumentar el tamaño. Se podría, por tanto, destruir a ese “grupo celular” si no hubiera llegado a desarrollar el cerebro, ya que ni siquiera podrá sentirlo.

Otros retrasan aún más la fecha, negándole al embrión la condición de persona hasta que el Derecho no le concede personalidad jurídica. Como es sabido, nuestro Código Civil en su artículo 29 afirma: "El nacimiento determina la personalidad”. Y en el siguiente artículo: “Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno”. Los nuevos ius-positivistas se basan en este hecho para afirmar que uno sólo adquiere la característica de persona cuando puede ser inscrito en el Registro Civil. Por tanto, no hay ningún problema en atacar al nasciturus, ya que no es aún una persona. Obviamente, esto supone una confusión entre persona y personalidad jurídica. Cualquier estudiante de Derecho es capaz de distinguirlo y comprender que el hombre es persona, con independencia de la capacidad jurídica que la ley le otorgue en cada momento.
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1 comentario:

albert dijo...

Como es bien sabido, tanto la píldora del día siguiente como el preservativo quedan enmarcados dentro de un planteamiento profundo, de trivialización de la sexualidad.
El mensaje que se lanza a los jóvenes, de forma más o menos descarada, es: "pásalo bien, y no mires con quién. Disfruta. No te prives de nada, ni de nadie. Para evitar consecuencias desagradables, ya tienes el preservativo. Y si te falla, acude a la farmacía más próxima o a la que esté de guardia, para la píldora del día siguiente. Por si te falla esta solución, siempre nos quedará el aborto".
La consecuencia es clara: A mayor difusión del preservativo, más consumo de la píldora del día siguiente y más aborto. Es la lógica de la irreesponsabilidad, alentada desde los poderes públicos.

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